Servicio al Socio

Certificación Profesional

El Colegio de Ingenieros Civiles de México, busca consolidar los procesos de Certificación Profesional del Ingeniero Civil, de conformidad con lo establecido en la Ley Reglamentaria de la Certificación Profesional de la SEP.

El artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo 21 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, que dispone que la Secretaría de Educación Pública (SEP), por conducto de la Dirección General de Profesiones, tiene entre sus atribuciones vigilar, con el auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones. Para tal efecto, el CICM constituyó el Consejo Consultivo para la obtención del reconocimiento de idoneidad para la vigilancia del Ejercicio Profesional en la modalidad de Certificación Profesional del Ingeniero Civil.

Los colegios han desempeñado un papel destacado en el establecimiento de normas éticas y en el ejercicio honrado y digno de la actividad profesional.

Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, dispone que la Secretaría de Educación Pública (SEP), por conducto de la Dirección General de Profesiones (DGP), tiene entre sus atribuciones la de vigilar, con el auxilio de los colegios de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones.

En consecuencia, en ejercicio de esta atribución, la Dirección General de Profesiones ha considerado necesario convocar a las asociaciones y colegios, que califiquen como idóneas, a que realicen la vigilancia del correcto ejercicio de la profesión, y en consecuencia, obtengan de la Secretaría de Educación Pública la calificación de idoneidad de sus procesos de certificación profesional.

La nueva cultura profesional además de considerar los avances tecnológicos, las comunicaciones, el mercado interno y externo, atiende las necesidades del sector productivo y los requerimientos de la sociedad

Nuestro Colegio, ha implementado esquemas de evaluación y procedimientos para la certificación de los conocimientos y la experiencia de peritos que ejercen la profesión con responsabilidad. Con estos procesos se han certificado ingenieros civiles en las siguientes especialidades:
1. Peritos Profesionales valuadores.
2. Peritos Profesionales en Medio Ambiente.
3. Peritos Profesionales en Seguridad Estructural.
4. Peritos Profesionales en Geotecnia.
5. Peritos Profesionales en Ingeniería Marítima y Portuaria.
6. Peritos Profesionales en Vías Terrestres.
7. Peritos Profesionales en Auditoria Técnica de Obra y de Servicios Relacionados con la Obra.
8. Peritos Profesionales en Ingeniería de Costos.
9. Peritos Profesionales en Gerencia de Proyectos.
La certificación profesional representa un medio idóneo para demostrar a la sociedad quiénes son los profesionistas que han alcanzado la actualización de sus conocimientos y una mayor experiencia en el desempeño de su profesión o especialidad, con el propósito de mejorar su desarrollo profesional, obtener mayor competitividad y ofrecer servicios de alta profesionalización.

La Secretaría de Educación Pública, en uso de las atribuciones, debe vigilar que los procesos de certificación de profesionistas cumplan con márgenes de seguridad jurídica, imparcialidad, honestidad y equidad, a efecto de evitar conflictos de intereses y calificar la idoneidad de esos procesos que las asociaciones y colegios de profesionistas realizan, ya que la certificación profesional es una evaluación del ejercicio de una profesión y la vigilancia de su correcto desempeño, que le corresponde a la autoridad educativa federal.

Como uno de los mecanismos para calificar la idoneidad de quienes ofrecen certificación de profesionistas, con fecha 22 de julio de 2004 la autoridad educativa federal instaló el Consejo Consultivo de Certificación Profesional, integrado por: las autoridades en materia de profesiones de ocho Entidades Federativas; las Secretarías de Economía, Salud, Trabajo y Previsión Social y Educación Pública; la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio y el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A.C.

Con el apoyo de este Consejo, la Dirección General de Profesiones ha definido las características que deberán reunir las asociaciones y colegios de profesionistas que podrán ser consideradas como idóneas para auxiliar a la Dirección General de Profesiones, en la vigilancia del ejercicio profesional en lo que se refiere al aspecto de la certificación profesional.

En consecuencia, en ejercicio de esta atribución, la Dirección General de Profesiones invitó a las asociaciones y colegios de profesionistas, que se califiquen como idóneas, a que realicen la vigilancia del correcto ejercicio de la profesión, para obtener de la SEP la calificación de idoneidad de sus procesos de certificación profesional.

  1. CONVOCATORIA PARA LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DEL INGENIERO CIVIL.
  2. REGLAMENTO PARA LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE LOS INGENIEROS CIVILES.
  3. DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR.
  4. GUÍA PARA LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DEL INGENIERO CIVIL.
  5. CUOTA PARA CUBRIR LOS COSTOS DEL PROCESO
  6. CURSOS DE PREPARACIÓN